Al Ayuntamiento se le pasó el plazo para presentar la documentación y subsanar los requerimientos exigidos

La no presentación de la documentación solicitada en plazo produce automáticamente la renuncia por parte del Ayuntamiento de Badajoz a seguir la tramitación para la declaración internacional de la Semana Santa

Ricardo Cabezas exige al concejal de Turismo que pida disculpas por faltar a la verdad y lamenta que se lleve ocho años preparando un expediente para al final hacerlo mal

AL AYUNTAMIENTO SE LE PASÓ EL PLAZO PARA RESPONDER A LOS REQUERIMIENTOS Y EL CONCEJAL DE TURISMO LO OCULTA EN RUEDA DE PRENSA. Rubén Galea dijo en rueda de prensa que les había llegado una documentación del ministerio el día 21 de agosto para subsanar 10 páginas de obligaciones a corregir. Es cierto que les enviaron un correo electrónico diciendo que la solicitud de declaración no reunía todos los requisitos. Pero no fue el día 21 de agosto, sino el 16, cinco días antes. La solicitud no reunía lo establecido en la Orden ITC 851/2019, de 25 de julio por el que se regula las fiestas de interés turístico nacional e internacional. El Ayuntamiento de Badajoz contesta el 4 de septiembre a ese requerimiento enviando la información a la Subdirección General de Desarrollo y Sostenibilidad Turística.

El portavoz socialista, Ricardo Cabezas, recuerda que “En caso de omisión por el solicitante de alguno o de todos los requisitos señalados, se requerirá al interesado (es decir, el Ayuntamiento) para que, en un plazo de diez días, presente los documentos preceptivos, con la advertencia de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre”. Dicha Ley habla de 10 días y, si no se especifica si son hábiles o naturales, en su defecto, son días hábiles. Del 21 de agosto al 4 septiembre han pasado 14 días hábiles. Por eso el día 7 de octubre le dicen al Ayuntamiento desde la Secretaría de Estado de Turismo, y el concejal lo oculta en la rueda de prensa, que “La no presentación de la documentación solicitada EN PLAZO produce el desistimiento por parte del interesado del trámite de declaración de Fiesta de Interés Turístico Internacional de la Semana Santa de Badajoz, ya que la solicitud inicial está incompleta y no puede continuarse su tramitación”. Se incumple el plazo y automáticamente se da por desistido, terminando la vía administrativa.

REQUERIMIENTOS PENDIENTES Y OCULTADOS.  Además, y a pesar de la respuesta municipal a los requerimientos, la tramitación “no puede ser atendida ya que no ha aportado los documentos necesarios para cumplir todos los requisitos”. En el PSOE entienden que esos requerimientos del 7 de octubre ya estaban incluidos en la petición del 16 de agosto a la que contestan desde la concejalía el 4 de septiembre. Rubén Galea afirmó que son “cuestiones menores y subsanables”, pero lo cierto es que tropieza dos veces en la misma piedra.

Los dos puntos que corregir, que “olvidó” citar el concejal en rueda de prensa fueron el referente al Artículo 1, punto c) “El valor cultural de la fiesta, su significación y su alcance como valor atractivo turístico, así como la originalidad…”, donde “no se justifica el alcance como atractivo turístico, ni se aporta ninguno de los datos solicitados en el requerimiento de subsanación para valorar este aspecto”.

El otro punto que no citó el concejal fue el concerniente al Artículo 3, f) “El especial cuidado tanto del entorno urbano y monumental, así como del entorno natural y paisajístico del lugar de celebración de la fiesta. A tal efecto, deberán aportarse los correspondientes permisos e informe de las actuaciones encaminadas al cumplimiento de estos fines”. Y que “en la documentación presentada no se aporta ninguno de los informes técnicos solicitados…”.

TRES Y NO DOS CAMINOS A RECORRER A PARTIR DE AHORA. Galea habló de dos caminos a recorrer tras la denegación y Ricardo Cabezas cita tres. Se pude interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes; se puede interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente al de su notificación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional; y, el tercero, volver a solicitar la declaración una vez cumplidas la exigencias que incluyeron en la resolución denegatoria. “No es que el concejal descarte la vía contenciosa. No. Es que se ha descartado el expediente por los plazos incumplidos, y la vía contencioso-administrativa no tendría recorrido”, señala el portavoz socialista.

“No nos queda otra que volver a presentar la petición de declaración. Fueron lentos en preparar el expediente (8 años), lo han preparado a trompicones (escenificaron que se había acabado el expediente para FITUR y no era verdad) y lo han preparado mal. Y peor: han contestado tarde y mal, incluso fuera del tiempo de descuento. Y mucho peor: han mentido para intentar tapar que no han sido diligentes ni eficaces, que ya es el colmo”, concluye Ricardo Cabezas, que reclama disculpas del concejal y para el que pide una placa ante los hechos ahora conocidos:

En esta sala de prensa se falsearon los datos a conveniencia sobre el expediente de

Semana Santa a iniciativa del concejal Rubén Galea Gil,

siendo alcalde de Badajoz Ignacio Gragera Barrera

 

Foto: PSOE Badajoz.